Comunidad de Propietarios
La vida en comunidad obliga a tener en cuenta los intereses de todos los propietarios del edificio, y no permite resolver los eventuales conflictos atendiendo estrictamente nuestros deseos. La ley obliga a adaptar nuestra actuación a una estricta normativa reguladora de los quórums necesarios para tomar acuerdos, en asamblea convocada siguiendo unos determinados protocolos y respetando un específico procedimiento.
Determinados conflictos entre vecinos, como consecuencia de este régimen legal obligatorio (todos han de contribuir en los gastos comunitarios? En qué proporción? Uno puede oponerse a los acuerdos tomados por la comunidad? Y si no ha asistido a la junta de vecinos?, etc.) se pueden resolver, sin mayores enfrentamientos, si se dispone de un buen asesoramiento jurídico.
Areas de trabajo
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Redacción de estatutos comunitarios y de reglamentos de régimen interior
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Redacción de convocatorias y de cualquier comunicación relacionada con comunidades de propietarios
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Asistencia a asambleas y redacción de las correspondientes actas
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Respuesta a consultas y emisión de informes en relación a temas comunitarios
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Reclamación extrajudicial y judicial de cuotas impagadas
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Impugnación de acuerdos comunitarios